La ley de protección de datos y las cámaras de vigilancia

Los beneficios de contratar un servicio de limpieza profesional
Los beneficios de contratar un servicio de limpieza profesional
junio 1, 2018

La ley de protección de datos y las cámaras de vigilancia

La ley de protección de datos y las cámaras de vigilancia

Con el paso de los años, y sobre todo en la actualidad, la utilización de cámaras de vigilancia, alarmas equipadas con cámara, cámaras falsas u ocultas, etc han proliferado de una manera más que notable, sobre todo en comercios, restaurantes o pequeños negocios. Es muy útil poder echar mano de una grabación en el hipotético caso de que ocurra algo en tu tienda, y por lo general pensarás que estás en todo tu derecho como propietario de instalar las cámaras de seguridad que creas oportunas, pero esta idea (aunque tenga toda la lógica del mundo) no es del todo correcta. No es legal, ni es correcto colocar una cámara de cualquier manera.

¿Puedo instalar una cámara de vigilancia por mi cuenta?

Antes de que entrase en vigor la ley Omnibus (Ley 25/2009), la instalación de cámaras de vigilancia o sistemas de seguridad similares con el objetivo de proteger un comercio privado sólo era posible si contratabas los servicios de una empresa de seguridad que tuviera una autorización especial del Ministerio del Interior (Ley 23/1992).

Pero ahora que la Ley Omnibus está en vigor, se han quedado obsoletas la mayoría de exigencias y se ha liberado la comercialización, mantenimiento, reparación e instalación de cámaras de vigilancia y sistemas varios de seguridad. Esto significa que, cualquier persona con un mínimo de conocimiento previo podrá instalar una cámara de seguridad con total libertad (excepto en el caso de que dicha cámara de seguridad esté conectada a algún tipo de central de alarmas, en cuyo caso necesitarás contratar a una empresa de seguridad autorizada).

Pero recuerda que, el tratamiento de las imágenes que recoja tu cámara de vigilancia debe cumplir con los requisitos en materia de protección de datos de Carácter personal, y concretamente, la instrucción 1/2006 de la AGPD – Agencia Española de Protección de Datos.

 

¿Qué espacios pueden ser grabados?

  • Accesos y salidas de tu tienda o comercio
  • Lugares donde los empleados realizan cobros en efectivo. Ejemplo: Mostradores, caja registradora…
  • Almacenes
  • Salas del personal o empleados
  • Espacios abiertos al público de nuestro comercio
  • Salas de reuniones

¿Dónde NO está permitido colocar cámaras de vigilancia?

  • Baños o aseos que sean utilizados por tus empleados y clientes
  • Vestuarios
  • Vía pública y exterior de tu comercio

 

¿Se puede grabar audio en los vídeos?

Rotundamente no, no podemos grabar audio para fines de vigilancia. La grabación de audio está de más ya que en la enorme mayoría de situaciones no necesitaremos escuchar nada y bastará solo con una imagen.

 

Requisitos para la instalación de videovigilancia en negocios y comercios (teniendo siempre en cuenta la protección de datos)

Aunque cumplamos con todo lo mencionado anteriormente, debes saber que en el momento que empieces a grabar tu negocio, estarás obligado a cumplir con la ley de protección de datos, tomando ciertas medidas importantes:

  1.  Debes inscribir el fichero de vídeo en la agencia de protección de datos.
  2. Disponer de formularios informativos, ya sea impresos o disponibles para su impresión.
  3. Sólo el responsable del fichero podrá acceder a las grabaciones.
  4. Las grabaciones que recojas en tu negocio podrán mantenerse únicamente por 30 días. (en el caso de sufrir un robo o altercado estas imágenes podrán ser guardadas por más tiempo)
  5. El acceso a las grabaciones de tu negocio deberá estar restringido y protegido por contraseña, y deberás cambiarla de forma periódica.
  6. Debes colocar un cartel de advertencia en un lugar visible de tu negocio, para advertir a los clientes que están siendo vigilados.

Si tu sistema de vigilancia no graba imágenes ni las almacena en ningún lugar, y solo se utiliza para la supervisión en tiempo real, no estarás obligado a inscribirte en ningún fichero, pero si que deberás cumplir con las otras exigencias de la LOPD.

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *